REGLAMENTO DE USO
P.H. SPLENDOR BY THE PARK
2 NORMAS GENERALES: ............................................................................................................... 3
OFICINA DE ADMINISTRACIÓN .................................................................................................. 4
PERSONAL DE EMPLEADOS Y TRABAJADORES .......................................................................... 4
FACHADAS ............................................................................................................................... 5
ENTRADAS PRINCIPALES Y VESTÍBULOS .................................................................................... 5
PASILLOS Y ESCALERAS .............................................................................................................. 6
ESTACIONAMIENTOS ................................................................................................................. 6
MASCOTAS ............................................................................................................................... 7
ASCENSORES............................................................................................................................ 7
MUDANZAS ............................................................................................................................... 8
ÁREA DE PISCINA ....................................................................................................................... 8
ÁREA DE EVENTOS ..................................................................................................................... 9
ÁREA DEL PARQUE .................................................................................................................. 10
AZOTEAS ................................................................................................................................ 11
EL PERSONAL VISITANTE ......................................................................................................... 12
DE LOS ESTACIONAMIENTOS .................................................................................................. 12
CONOCIMIENTO DE EQUIPOS ................................................................................................. 13
PROCEDIMIENTO DEL SERVICIO .............................................................................................. 13
A) GENERALES ...................................................................................................................... 13
B) SEGURIDAD DE LOS DOCUMENTOS ................................................................................ 13
C) DE LA PRESENTACIÓN DEL PERSONAL DE SEGURIDAD ................................................... 14
D) PROHIBICIONES ............................................................................................................... 14
E) TIEMPO DE COMIDA Y NECESIDADES FISIOLÓGICAS. ..................................................... 14
LAS COMUNICACIONES ENTRE LA AGENCIA DEL PERSONAL DE SEGURIDAD Y LA ADMINISTRACIÓN ................................................................................................................... 14
SANCIONES ................................................................................................................................ 14
OBSTRUCCIÓN DE PASILLOS Y ESCALERAS .............................................................................. 14
ESTACIONAMIENTOS ............................................................................................................... 15
ASCENSORES.......................................................................................................................... 15
ÁREA SOCIAL ........................................................................................................................... 15
ÁREAS COMUNES EXTERNAS E INTERNAS .............................................................................. 16
CUOTA DE MANTENIMIENTO .................................................................................................. 16
MASCOTAS .............................................................................................................................. 16 3
Para fines de interpretación de este Reglamento para el Uso de áreas comunes y Sociales de PH SPLENDOR BY THE PARK, en adelante llamado "Normas", a continuación se describen algunas definiciones consideradas como relevantes.
Administrador. Persona natural o jurídica que administra bienes inmuebles incorporados al Régimen de PH.
Asamblea de Propietarios. Organización de propietarios de unidades departamentales registradas bajo el Régimen de PH.
Edificio. Estructura construdia sobre una finca o terreno
Fachada. Cualquier parte externa de la Unidad Departamental o Habitacional del edificio.
Gastos Comunes. Son los gastos de administración, conservación y mantenimiento de un inmueble dentro del Régimen de Propiedad Horizontal, que deben ser sufragados con los aportes de cada uno de los propietarios, de acuerdo con las disposiciones que establezca el Reglamento del PH.
Propietario. Quien tiene dercho de gozar y disponer de una cosa o bien , sin mas limitaciones que las establesidas poe la ley y el Reglamento de Copropiedad.
Residente. Propietario de algún inmueble de este PH que lo habite o a quien este alquile, así como demás personas que habiten el inmueble.
Empleado del PH. Persona que labora dentro de los predios del PH, y que en particular, es asalariada a través de la Administración del PH. Generalmente, el término se aplica al Personal de Limpieza y Personal de Seguridad, así como los asignados a la Administración. NORMAS GENERALES: Establecer las normas que regulen el uso de los diferentes servicios que brinda el PH a los residentes, para una armoniosa convivencia. Entendiéndose por residente el propietario del inmueble, o a quien este alquile y demás personas que habiten el inmueble.
Normas aplicables a:
Todos los residentes, familiares, empleados, invitados del PH a quienes las leyes nacionales obligan a cumplir y hacer cumplir las siguientes normas, asegurándose que todos ellos las conozcan.
Personal de limpieza, mantenimiento, seguridad y administración
Cualquier otra persona que ingrese al PH por cualquier motivo o razón.
1. El Administrador del PH, el personal de limpieza y el personal de Seguridad, serán los encargados de velar por el mantenimiento del orden, la seguridad y el sosiego, haciendo cumplir los reglamentos del presente Manual.
2. Es responsabilidad de todos los residentes, familiares y Empleados del PH reportar a la Administración cualquier infracción de las Leyes o Reglamentos.
3. Los propietarios que no son residentes, podrán hacer uso de las áreas comunes y sociales siempre y cuando su propiedad no esté alquilada a terceras personas.
4. En caso de violaciones a las normas del PH, el Administrador o uno de sus designados se acercará al infractor con cortesía, respeto y privacidad. Le informará de la falta que esté cometiendo o haya cometido para evitar que dicho comportamiento prosiga. De haber una rectificación inmediata, el asunto quedará concluido, de lo contrario, se 4 anotará en el Libro de quejas o faltas para luego comunicarle en forma escrita al infractor la anomalía y sus consecuencias. De tratarse de un menor de edad, la falta deberá comunicarse a sus Padres, Acudiente o Residente. OFICINA DE ADMINISTRACIÓN 1. La misma se encontrará dentro del PH y es de uso exclusivo para el personal que pertenece a la Administración, lo mismo que para los miembros de la Junta Directiva cuando se encuentren desempeñando sus funciones. La oficina estará abierta de lunes a sábados en Horario estipulado por la Junta Directiva; las llaves permanecerán en manos del administrador o personal asignado de su confianza.
2. Usos frecuentes de la oficina de la administración:
a. Se recibirá los comprobantes bancarios correspondientes a las cuotas de mantenimiento o cuotas extraordinarias, además de ser el sitio donde se elaborarán los recibos correspondientes.
b. Se archiva toda la documentación contable y administrativa exclusiva del inmueble, las actas de las reuniones de la Junta Directiva y de las Asambleas de Propietarios.
c. Se mantienen los libros de Contabilidad.
d. Se archivan los contratos de los Empleados del PH y de los diferentes servicios al PH.
e. Se guarda la información pertinente a la relación obrero patronal de cada uno de los Empleados del PH.
f. Toda la información documental deberá permanecer en la oficina administrativa. En el caso excepcional de que un residente requiera algún documento, este deberá solicitarlo a la Administración en horas laborables y donde tendrá responsabilidad compartida sobre el uso y devolución del mismo.
g. La Administración llevará a su cargo un libro de quejas, faltas y sugerencias donde se asentarán las mismas ocurridas dentro del PH. PERSONAL DE EMPLEADOS Y TRABAJADORES El Personal de Seguridad deberá contar con la identificación previa de los Empleados y Trabajadores del PH. Para ello, la Administración proveerá copias de las cédulas o algún documento de identificación legal o información que permita al Personal de Seguridad tener el debido control.
1. Todo trabajador que venga a realizar una labor dentro de algún apartamento, debe tener la debida autorización del residente. El personal de seguridad verificará llamando al apartamento correspondiente para que se autorice el acceso, y donde el trabajador solamente podrá mantenerse dentro del área autorizada. El Personal de Seguridad anotará la hora de entrada y salida, nombre completo, cédula, apartamento en el que elaborará y de ser sorprendido en otra área, el Personal de Seguridad procederá a sacarlo del edificio y notificar a la Administración. A su vez, la Administración notificará al residente afectado vía telefónica. Este procedimiento será aplicado todos los días, no importando que las labores a realizar por parte de los trabajadores sea continuo.
2. De ser una empresa de mantenimiento o de servicio, se utilizará el mismo procedimiento descrito en el punto inmediato anterior. 5 3. En el caso de los empleados domésticos o personales que laboren para algún residente, es responsabilidad del residente notificar a la Administración los datos personales, a fin de poder ser identificados por el Personal de Seguridad.
4. Los prestadores de servicio o empresas de mantenimiento, sólo se podrán estacionar en espacios designados para tal fin. Por ninguna razón, los prestadores de servicio o empresas de mantenimiento podrán obstruir o utilizar los estacionamientos asignados a los residentes del P.H. ni áreas de circulación vehicular. Excepción a esta regla, son los vehículos que vayan a cargar o descargar materiales o bultos que requieran el uso del ascensor. La Administración deberá suministrar la información al Personal de Seguridad para que permita el acceso del vehículo en cuestión. El conductor deberá identificarse con su licencia de conducir y/o cédula de identidad y el Personal de Seguridad hará el registro en el libro utilizado para tal fin.
5. Todo empleado del P.H. que esté fuera de su horario de servicio, se deberá registrar su entrada y salida por el Personal de Seguridad. Así mismo, el Personal de Seguridad deberá notificar el hecho a la Administración. FACHADAS 1. Está prohibido modificar cualquiera de las fachadas del edificio sin 1) el consentimiento de las 2/3 partes de las unidades departamentales, 2) el estudio de un arquitecto idóneo y 3) la aprobación de las autoridades competentes. Lo anterior, está basado según la Ley Régimen de Propiedad Horizontal.
2. Está terminantemente prohibido tirar objetos, desperdicios, desechos o contaminación por los balcones, ventanas o áreas comunes al exterior del Edificio. En caso de provocar algún tipo de daño o molestia comprobada, el culpable podrá ser remitido a la corregiduría.
3. Todo residente que instale máquinas de aires acondicionados deberá hacerlo en los espacios destinados para este fin, y el residente deberá velar que su área se encuentre limpia, con el desagüe adecuado, evitando manchas en la fachada del edificio e incomodidades a los vecinos.
4. Esta totalmente prohibido colgar ropa, toallas, alfombras, zapatos, etc. en los balcones y ventanas. ENTRADAS PRINCIPALES Y VESTÍBULOS 1. La permanencia de niños menores de 15 años en el área del vestíbulo sin un adulto responsable, es única y exclusiva responsabilidad de los padres residentes o tutor. Esta medida se adopta con el fin de preservar la integridad de los muebles, la decoración del área y la misma seguridad de los niños.
2. En el área del vestíbulo está prohibido fumar (según Ley no. 13, de 24 de enero de 2008). De igual manera, está prohibido patinar, manejar bicicleta, jugar pelota, practicar bailes, etc.
3. El vestíbulo es un área de libre tránsito y la misma debe mantenerse despejada lo más posible, evitando algún tipo de reunión prolongado, para tales casos debe llevarse la reunión en la propiedad del residente. El uso de estas áreas es exclusiva para los residentes más no para los empleados domésticos, empleados del PH y otros trabajadores.
4. En el vestíbulo principal estará provisto un buzón para quejas y sugerencias.
5. Queda prohibido tocar la bocina del vehículo para entrar o salir del PH.
6. Por motivos de seguridad, todo visitante o trabajador de algún residente debe anunciarse mediante los procedimientos correspondientes. El residente que permita el acceso a dicha persona, se hace responsable por el comportamiento de la misma 6 mientras se encuentre en los predios del Edificio, además de asumir el costo por cualquier daño causado por dicha persona ya sea en las instalaciones comunes o privadas dentro del PH.
7. El personal de limpieza o Personal de Seguridad no debe permitir el acceso a personas que no posean la autorización correspondiente. PASILLOS Y ESCALERAS 1. Los residentes deben familiarizarse con el sistema de alarma, el uso de extintores y mangueras contra incendio que están instalados en los pasillos de cada piso, para su propia seguridad.
2. Los corredores y puertas de las escaleras del Edificio se mantendrán sin ninguna obstrucción para facilitar la libre movilidad, especialmente en casos de emergencia. La obstrucción de los pasillos y escaleras por objetos de los residentes será sancionado de acuerdo al reglamento interno de este Manual.
3. La basura se colocará en los contenedores dispuestos en cada piso y para este fin. La basura debe estar en bolsas plásticas bien cerradas para evitar algún derrame y la emanación de malos olores. El horario para colocar la basura en el área asignada en cada piso será a partir de las 7:00 a.m. hasta las 9:00 a.m. para este PH. El horario de recolección de la basura será todos los días a las 10:00 a.m. Después de este horario, queda prohibido colocar más basura fuera de los apartamentos. El incumplimiento de esta norma por parte del residente, será sancionado de acuerdo con el reglamento interno.
4. Basura sobredimensionada, por ejemplo cajas, cajetas, empaques de electrodoméstico, etc., deberán ser colocada en el basurero principal de edificio para facilitar la libre movilidad, especialmente en casos de emergencia. El incumplimiento a esta norma por parte de los residentes será sancionado de acuerdo al reglamento interno.
5. En el área de los pasillos y escaleras está prohibido fumar (según Ley no. 13, de 24 de enero de 2008), así como dejar desechos orgánicos.
6. El área de los pasillos y escaleras deberá ser destinado estrictamente para libre circulación y para casos de emergencia. ESTACIONAMIENTOS 1. Está prohibido fumar (según Ley no. 13, de 24 de enero de 2008) en el área de los estacionamientos.
2. Todo estacionamiento deberá estar debidamente identificado con el número de apartamento de su propietario. Igualmente los estacionamientos de visitas deberán estar debidamente identificados.
3. Queda estrictamente prohibido obstaculizar y usar el estacionamiento ajeno o de otro residente o propietario distinto al asignado. En el caso de que una visita incumpla esta norma, la sanción correspondiente será aplicada al residente responsable de la visita, con base en lo establecido en el reglamento interno.
4. Los estacionamientos no deben ser utilizados para lavar los vehículos.
5. En el caso de una urgencia, sólo se permitirá realizar reparaciones de mecánica menor y es responsabilidad del residente la limpieza de cualquier suciedad que se haya producido.
6. Los inquilinos que tengan problemas con sus filtros de aceite serán responsables por los costos incurridos en la limpieza del área del estacionamiento.
7. Está prohibido cualquier tipo de juego deportivo en el área de estacionamientos para evitar daños, suciedad, etc. a los vehículos.
8. El estacionamiento es exclusivo para los vehículos de los resientes mas no es un depósito, en caso de reportarse esta situación debe ser removido el objeto del lugar. 7 9. Los estacionamientos de visitas deberán ser utilizados exclusivamente para ese fin. Los vehículos de residentes no deberán ocupar estos estacionamientos por más de 30 minutos. MASCOTAS 1. Acorde a la resolución no. 022 de 28 de enero de 2000, únicamente se permitirá en un mismo hogar, la existencia de dos animales por especie y máximo dos especie de animales diferentes de las enumeradas en el artículo 4 de la resolución mencionada.
2. El dueño asume la responsabilidad por daños y molestias que cause su mascota, la cual deberá corregirlos con prontitud; de lo contrario la Junta Directiva podría ordenar el retiro del animal del P.H. Los gatos y perros se mantendrán con correa y preferiblemente con collar anti pulgas.
3. La mascota no podrá permanecer en el área del vestíbulo.
4. Los propietarios que lleven animales al ascensor deben evitar ingresar al mismo cuando hayan otros usuarios, así como evitar que el animal perturbe la seguridad y tranquilidad de otros. Se sugiere que las mascotas sean llevadas en horas en que el tránsito por los residentes sea menor; por ejemplo en horas laborables.
5. No está permitido el paseo por las áreas comunes tales como estacionamientos, área de piscina y área social. Si en algún momento el animal hace una deposición, incluyendo en el área del parque, su portador deberá limpiarla inmediatamente.
6. Los dueños de las mascotas, serán los responsables de que estén aseadas al momento de transitar por cualquier área del PH. Por ello, se debe evitar que los animales dejen olores o desechos en los ascensores y áreas comunes.
7. Durante el trayecto en el ascensor, el animal debe estar cargado por una persona responsable y debidamente controlado para evitar incidentes que le pueda ocurrir a otro usuario. ASCENSORES 1. Está prohibido comer, beber o fumar (según Ley no. 13, de 24 de enero de 2008) dentro de los ascensores. Igualmente está prohibido vandalizar los ascensores, esto incluye rayar, romper, ensuciar los espejos, etc. con cualquier objeto o material.
2. Los ascensores son de uso exclusivo de los residentes, sus familiares e invitados y del personal empleado del PH.
3. Los propietarios que lleven animales al ascensor deben evitar ingresar al mismo cuando hayan otros usuarios, así como evitar que el animal perturbe la seguridad y tranquilidad de otros
4. Es responsabilidad del usuario (residente, visitante o Empleado del PH) velar por el buen estado o condiciones en que deja el ascensor luego de su uso. En el caso específico de mojarlo o ensuciarlo deberá hacerse cargo de su limpieza.
5. Está prohibido hacer uso de los ascensores en vestido de baño, en paños menores o pijamas.
6. Los teléfonos de los ascensores son para casos de urgencias. Por ello, el uso inadecuado del mismo será sancionado.
7. Sólo la Administración podrá hacer uso de los murales informativos instalados en los ascensores. Queda totalmente prohibido el uso del mismo para colocar anuncios personales, políticos o comerciales. De ser requerido, dicho anuncio deberá ser previamente autorizado por la Administración.
8. En el caso de mudanza, debe utilizarse el elevador asignado previamente por la Administración para tal fin. Si esta práctica ocasionara algún daño al ascensor, el costo de dichas reparaciones correrá por cuenta del residente al que pertenece la mudanza. El personal de Administración y el residente deben hacer una inspección ocular antes y después de la mudanza, con el fin de determinar el estado en que se encuentra y se entrega el elevador. 8 9. En caso de presentarse alguna anomalía con el ascensor, esta deberá comunicarse de manera inmediata a la Administración o Personal de Seguridad, con la finalidad de realizar los correctivos necesarios con la prontitud debida.
10. Mantener el elevador por más de 5 minutos detenido en un piso implicará una sanción acorde al reglamento interno.
11. Es responsabilidad del residente permitir que sus hijos menores de edad viajen solos en el ascensor.
12. El ascensor funciona a base de dispositivos electrónicos sumamente delicados por lo tanto queda prohibido o adultos jueguen con los controles de los mismos, detener el ascensor repetidamente o marcar varios pisos simultáneamente. Quien fuese sorprendido será sujeto a una sanción acorde al reglamento interno. MUDANZAS 1. Toda mudanza deberá estar debidamente autorizada por la Administración con 48 horas de antelación.
2. Toda mudanza tendrá un costo, el cual está regulado por la Administración por concepto de uso y reservación del ascensor asignado para carga, por un período de tiempo que no exceda de 3 días consecutivos. Este costo, está destinado a cubrir el uso adicional de energía eléctrica.
3. Las mudanzas se realizarán solamente de lunes a viernes en un horario de 8:00 a.m. a 12:00 p.m. y de 2:00 p.m. a 4:30 p.m. Los días sábados de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. No se permitirán las mudanzas los días domingos, los días de fiesta o duelo nacional.
4. El Personal de Seguridad confirmará con la Administración el permiso de mudanza, mientras que la Administración deberá cubrir el ascensor con la lona de seguridad designada para tal fin.
5. El residente debe estar paz y salvo en sus cuotas de mantenimiento para realizar cualquier tipo de mudanza.
6. Para seguridad de los residentes de este PH, el residente en mudanza debe informar a la Administración la identidad del chofer, sus ocupantes y la placa del camión a utilizar.
7. De no cumplir con los puntos señalados, se harán los correctivos de manera verbal o escrita y se procederá a una sanción sino acatan las recomendaciones y el reglamento de este Manual.
8. En el caso cotidiano que implique el transporte o manejo de algún objeto voluminoso en el ascensor, es responsabilidad del residente solicitar o no a la Administración, la lona de protección del ascensor. De haber algún tipo de daño, los gastos incurridos para la reparación recaerán sobre el residente responsable. ÁREA DE PISCINA 1. Esta área es de uso exclusivo de los residentes e Invitados, de los P.H Splendor by the park y Sunshine by the park.
2. Queda totalmente prohibido realizar cualquier tipo de deporte que pueda causar la rotura de los vidrios, daños al mobiliario y caída de objetos al área.
3. Todo menor de 9 años debe estar acompañado de un adulto.
4. Los bañistas están obligados a utilizar traje de baño. Queda terminantemente prohibido ingresar a la piscina vestido en ropa de calle. Como una excepción, se podrá utilizar un sweater color blanco sobre el traje de baño.
5. Los bañistas deberán secarse antes de hacer uso del área de los ascensores.
6. Por seguridad está prohibido correr, saltar, zambullidas violentas, tirar a otros a la piscina en introducir o lanzar objetos en la misma. En caso de estos 9 comportamientos, se procederá a realizar los correctivos pertinentes de manera escrita y una sanción por incumplimiento del reglamento.
7. Los niños que requieran pañales, deberán usar pañales especiales para el uso de la piscina.
8. Por cuestiones de salud y bienestar de todos los residentes de este PH, Los residentes con enfermedades contagiosas (Gripe, tuberculosis, infecciones, heridas, etc.) no pueden usar la piscina.
9. Está prohibido el uso inmoderado de aparatos de radio, televisión, instrumentos musicales y aparatos electrónicos en los predios de la piscina.
10. Está prohibido comer y beber dentro de la piscina.
11. La piscina podrá ser utilizada todos los días de 06:00 am a 09:00 pm.
12. El área de la piscina no podrá ser reservada para su uso exclusivo. El residente que haya reservado el Salón de Eventos, podrá utilizar el área de piscina sin afectar el libre uso por parte de los residentes. Los muebles del área de piscina no podrán ser utilizados como parte del mobiliario del Salón de Eventos.
13. La piscina podrá ser cerrada o limitada temporalmente para su uso de acuerdo al clima, dificultades operacionales o a discreción de la Junta Directiva o de la Administración.
13. Los daños causados a los filtros de la piscina serán costeados por el residente responsable del daño y deberá pagarlo a más tardar en un periodo de 30 días. De no realizar los pagos correspondientes a los daños causados se procederá a realizar las acciones pertinentes y el residente responsable acatará los costos incurridos por el abogado si se llega a esta instancia.
14. Se establece que El Ph Splendor by the Park, no se hace responsable por ningún tipo de accidente o pérdidas de objetos en el área de la piscina, ni en otras áreas del Edificio. El uso del mismo estará sujeto a la responsabilidad y riesgo del residente y sus visitantes. De haber alguna anomalía que pueda ocasionar algún daño a los residentes, esta debe ser inmediatamente notificada a la Administración, a fin de realizar los correctivos necesarios con la prontitud debida.
14. La estadía de menores de edad en el área de piscina es de exclusiva responsabilidad de sus Padres o Tutores.
15. Queda terminantemente prohibido Fumar (según Ley no. 13, de 24 de enero de 2008) en el área de la piscina ni en otras áreas comunes del PH.
16. Cualquier residente puede hacer uso del área de la Piscina y tener hasta un máximo de 6 invitados, sin la necesidad de hacer una reservación. AREA DE MINICANCHA DE DEPORTES 1. Por estar cercana a apartamentos de este PH, no se podrán realizar actividades que produzcan ruidos que afecten la tranquilidad y privacidad de los residentes. ÁREA DE EVENTOS 1. Es el área para reuniones y esparcimiento de los residentes, familiares e invitados, siempre y cuando estén acompañados por los residentes.
2. Todo propietario o residente tiene derecho de realizar su reservación del Salón de Eventos siempre que se encuentre Paz y Salvo a la fecha de su reservación.
3. El costo de reservación del salón de eventos será de B.100, el cual se divide en el costo del salón de B.70 y un depósito de garantía de B.30. Luego de realizado el evento, el residente debe dejar el salón en las mismas condiciones en que se le fue entregado, de no ser así, se le cobrará del depósito de garantía un total de B.20, por 10 concepto de limpieza. De haber alguna anomalía, esta debe ser inmediatamente notificada a la Administración, a fin de realizar los correctivos necesarios con la prontitud debida.
4. La reservación del salón de eventos debe hacerse con una antelación de 48 hs. como mínimo.
5. En el caso de no usarse el Salón de Eventos previamente reservado, se le deberá informar a la Administración con 48 hs. de antelación. De otra manera, se perderá el total de B. 70.00 por concepto de reservación.
6. En el caso excepcional de no usar el Salón de Eventos y no haberlo notificado a tiempo por alguna urgencia debidamente justificada, queda a criterio de la Administración la devolución parcial o total del depósito.
7. En caso de que más de un residente solicite la reservación del Salón de Eventos para una misma fecha, se creará una lista de espera sin la obligación del pago del depósito. Si llegara haber una cancelación de su uso, el primero de la lista de espera tendrá la preferencia y deberá coordinarse con la Administración para cancelar inmediatamente.
8. El residente es el responsable directo del comportamiento de sus visitantes, así como del buen uso de las instalaciones y facilidades del área.
9. En el caso de cumpleaños o celebraciones, estarán permitidas las decoraciones, pero las mismas no deben ocasionar alteraciones o daños al mobiliario, fachada o pintura.
10. Las fiestas en el área de eventos tendrán una duración máxima de 8 hs. a partir de su hora de reservación y no durará más allá de las 2 AM. En cada reservación por día, se tendrá un periodo de 2 hs. para la limpieza y acondicionamiento de la siguiente actividad.
11. Para el caso particular de reservación del Salón de Eventos, el uso de la piscina queda restringido al horario preestablecido, es decir, de 6:00 a.m. a 9:00 p.m.
12. En el caso de algún tipo de daño por parte del residente o por sus visitantes en el Salón de Eventos y áreas circundantes mientras se encuentre en uso su reservación, el residente será el responsable y pagará todos los daños causados. ÁREA DEL PARQUE Y PERGOLAS 1. La presente área no pertenece como exclusividad del PH Splendor by the park.
2. Esta área es de uso exclusivo de sus residentes para recreación familiar. Se prohíbe su uso para ligas externas de cualquier tipo de deporte, aun cuando el residente forme parte de la misma.
3. Está prohibida su reservación exclusiva para eventos.
4. Los invitados solo podrán jugar en compañía de un residente. En todo momento el comportamiento del invitado será la responsabilidad directa de su anfitrión.
5. En caso de que un residente reciba clases particulares de algún deporte, este último se considerará para todo efecto como un invitado, conllevando las mismas normas y procedimientos de este Manual en cuanto al uso del área.
6. Los residentes que realicen barbacoas o actividades que involucren alimentos, sodas, etc. serán responsables de remover sus desechos o desperdicios y dejar el área limpia después que la haya utilizado.
7. Está prohibido el uso inmoderado de aparatos de radio, televisión, instrumentos musicales y aparatos electrónicos. 11 8. El residente que utilice el área del parque, es el responsable de cualquier daño causado. De haber alguna anomalía, esta debe ser inmediatamente notificada a la Administración, a fin de realizar los correctivos necesarios con la prontitud debida.
9. Está rotundamente prohibido que una persona ajena al Edificio (ya sea familiares o amigos) se encuentren utilizando el área de parque solos. Si esto llegara a suceder, los conserjes o Personal de Seguridad que efectúen rondas, tendrán la autorización de sacar del lugar a las personas de forma amable. También, le será enviada una carta de amonestación al residente por violar las reglas del Edificio.
10. El propietario podrá solicitar al Personal de Seguridad en turno las llaves de los baños del área del parque, identificándose con su nombre y número de apartamento. Las mismas, deben ser devueltas una vez se haya dejado de utilizar los baños.
11. Quedan prohibidas las actividades del tipo religioso o político en el área de parque. AZOTEAS 1. Se destina como área de salvamento y seguridad.
2. Está prohibido utilizar esta área para reuniones o cualquier tipo de actividad social.
3. Solo se autoriza el acceso a dicha área en casos regulares de inspección y/o mantenimiento, bajo el conocimiento y previa autorización del Personal de Seguridad o Administración.
4. Los equipos que yacen en este nivel, solo recibirán mantenimiento por parte de las empresas autorizadas.
5. Toda instalación de antena o equipo satelital u otro es un derecho adquirido por el promotor. 12 EL PERSONAL VISITANTE Es necesaria la identificación plena de los visitantes por medio de confirmación de los residentes del condominio. Para todo efecto práctico se le denominará "residente" al que viva en el apartamento, ya sea el propietario o persona que alquile.
1. Todo visitante, deberá indicar el apartamento y el nombre del residente; El Personal de Seguridad deber llamar al residente para autorizar su entrada. De no indicarlo, se le pedirá de forma amable que se retire del área y de no hacerlo se procederá llamar a la policía.
2. El residente deberá informar al Personal de Seguridad el nombre de sus invitados por alguna actividad especial en su apartamento. El visitante debe ser confirmado mediante la lista. De no aparecer en dicha lista, entonces el visitante deberá esperar en la garita hasta que el personal de seguridad haya confirmado directamente con el residente.
3. Toda visita, deberá ser anotada por el personal de seguridad en el libro de visitantes, al menos con la siguiente información: nombre, cédula, no. de placa vehicular y hora de entrada.
4. El residente deberá proporcionar al Personal de Seguridad, un listado de sus invitados para alguna actividad en el área social. El visitante debe ser confirmado mediante la lista. De no aparecer en dicha lista, entonces el visitante deberá esperar en la garita hasta que el Personal de Seguridad haya confirmado directamente con el residente.
5. El Personal de Seguridad debe estar atento a las entradas principales del condominio y deberá asegurarse de que las mismas estén bien cerradas.
6. De ser sorprendida una persona con actitud sospechosa dentro de los predios del P.H., el residente deberá comunicarlo al Personal de Seguridad.
7. El Personal de Seguridad puede solicitar la identificación de cualquier residente y demás personas que habiten en el P.H.
8. La Administración deberá proveer al Personal de Seguridad, una lista de las familias residentes con su respectivo número telefónico.
9. La Administración deberá proveer al Personal de Seguridad, un listado del personal de mantenimiento del P.H.
10. Sólo podrá ingresar al P.H., miembros de la Policía Nacional, Dirección de Investigación Judicial (DIJ) u otras instancias de Seguridad Pública debidamente identificados ante el personal de seguridad con: previo conocimiento verbal y/o escrito del residente y/o Administración; Orden Judicial explícita de una Autoridad competente; por el llamado del personal de seguridad; o por cualquier motivo que afecte la seguridad de los residentes o del P.H.
11. Podrán entrar al P.H. personal de Union Fenosa, IDAAN u otro proveedor de servicios públicos debidamente identificados ante el personal de seguridad. DE LOS ESTACIONAMIENTOS Control permanente del área de estacionamientos 1. Es responsabilidad del residente con vehículo entrar con su propio control remoto. De no ser así, entonces debe identificarse con el Personal de Seguridad para permitirle el acceso al PH.
2. En el caso que un residente se encuentre mal estacionado, el Personal de Seguridad le solicitará de forma amable que se estacione correctamente. Si el residente hace caso 13 omiso, el Personal de Seguridad deberá notificar a la Administración para que la misma tome las medidas correctivas pertinentes con la prontitud debida.
3. No se permitirán autos estacionados por más de 5 minutos fuera de su estacionamiento.
4. Los portones de acceso deberán mantenerse cerrados.
5. Queda prohibido estacionarse fuera de la garita en lugares no establecidos para esto. CONOCIMIENTO DE EQUIPOS El Personal de Seguridad será capacitado para el manejo de urgencia de los siguientes equipos:
Sistemas de alarma contra incendios
Sistema de Seguridad
Sistemas de iluminación del edificio y Áreas Sociales PROCEDIMIENTO DEL SERVICIO El Personal de Seguridad será fiel responsable de cumplir con las siguientes normas: A) GENERALES 1. Seguir las instrucciones establecidas por el reglamento de este Manual y de la Administración. En caso de que un residente requiera un manejo especial por parte del Personal de Seguridad, deberá canalizarlo a través de la Administración.
2. En ausencia de los conserjes o personal de limpieza, el Personal de Seguridad deberá extremar sus precauciones.
3. No se permitirá el ingreso a vendedores ambulantes o similares.
4. Por ningún motivo, salvo en caso de urgencia notoria, el Personal de Seguridad podrá abandonar su área de trabajo. Si esto ocurre, deberá ser cubierto por su supervisor, compañero de trabajo o por el conserje.
5. Evitar que personas ociosas distraigan al Personal de Seguridad sin causas justificadas.
6. Deberá cuidarse de ser sorprendido por elementos ajenos que puedan filtrarse en el edificio.
7. Tener conocimiento de cuáles son las áreas vulnerables a la seguridad y estar pendientes de ellas.
8. Deberá conocer los procedimientos y rutas de evacuación en caso de emergencia tales como salidas de emergencia, extintores, etc.
9. Debe monitorear las entradas y salidas principales y alternas al PH, para evitar vendedores ambulantes y el abandono de desperdicios.
10. Debe contar con los números telefónicos de urgencia tales como Bomberos, Ambulancias, Policía, etc.
11. Recibir, verificar y comprobar nombre y dirección del destinatario de sobres, cartas, revistas, etc.
12. Debe registrar por escrito y de forma cotidiana, todas las novedades y movimientos de visitas diarias.
13. El Personal de Seguridad utilizará el mando de la barra de seguridad, solo cuando sea necesario. B) SEGURIDAD DE LOS DOCUMENTOS 1. No deberá recibir paquetes ni mensajería, sin antes investigar y comprobar para quien son y quien lo está entregando, y confirmar con el residente su entrega. 14 2. En casos de entregas especiales, es responsabilidad del residente informar previamente de la misma al Personal de Seguridad. C) DE LA PRESENTACIÓN DEL PERSONAL DE SEGURIDAD El personal de seguridad debe presentarse de la siguiente forma para ocupar su turno
1. Su Uniforme debe estar limpio, planchado y sus zapatos bien lustrados.
2. Debe encontrarse afeitado y con su cabello corto.
3. Portar su carnet de identificación a la vista.
4. Portar su radio en funcionamiento.
5. Portar su equipo de seguridad.
6. Debe ser puntual y cumplir con su turno según el horario establecido. D) PROHIBICIONES El personal de seguridad dentro de su turno NO debe:
1. Encontrarse bajo los efectos de drogas o alcohol.
2. Recibir visitas personales.
3. El uso de equipos de video y sonido que lo distraigan de su trabajo.
4. Hacer uso del teléfono de la garita o celular para llamadas personales.
5. Abandonar su Área de responsabilidad.
6. Ingerir bebidas alcohólicas o drogas.
7. Leer periódicos libros o revistas.
8. Cuestionar o de alguna manera solicitar información personal a los propietarios con el fin de establecer una relación personal. E) TIEMPO DE COMIDA Y NECESIDADES FISIOLÓGICAS. 1. El Personal de Seguridad contará con 30 minutos para ingerir sus alimentos.
2. Deberá alternarse con sus compañeros de modo tal que no afecte la seguridad del PH.
3. Para poder ausentarse de su posición, deberá haber un compañero, su supervisor o el conserje para cubrirlo. LAS COMUNICACIONES ENTRE LA AGENCIA DEL PERSONAL DE SEGURIDAD Y LA ADMINISTRACIÓN Tanto la agencia de seguridad como la administración deberán comunicar:
1. Todo cambio de personal con la debida antelación (72 Horas).
2. La agencia deberá enviar hoja de vida con foto de todo guardia de seguridad a la administración y del mismo modo la administración del PH los cambios de personal que se susciten en el inmueble.
3. Cualquier inconveniente ocurrido por alterar el servicio o afectar el buen vivir de los residentes por parte de la agencia será la administración la responsable de realizar las coordinaciones y tomar la medidas correspondientes SANCIONES OBSTRUCCIÓN DE PASILLOS Y ESCALERAS 1. Obstrucción de pasillos y escaleras _B/.25.00_____ 15 Reincidentes _B/.50.00_____ ESTACIONAMIENTOS 1. Inquilino que este ocupando el estacionamiento de otro _B/.25.00_____
2. Reincidentes _B/.80.00_____y retirado del edificio con grúas corriendo el culpable con los gastos.
3. Inquilino que esté utilizando los estacionamientos para lavar su auto o realizando un tipo de mantenimiento mecánico que ensucie el piso _B/.25.00_____
4. Reincidentes _B/.50.00_____
5. Persona que utilicen el estacionamiento para desarrollar cualquier tipo de juego o actividad deportiva dentro del área tendrá una sanción de _B/.25.00_____más el costo de reparación de los daños si los hubieran.
6. Reincidentes _B/.50.00_____más el costo de reparación de los daños si los hubieran.
7. El estacionamiento es exclusivo para los vehículos de los residentes, por lo cual no es un depósito. En caso de reportarse tal situación, el objeto deberá ser removido en un máximo de 24 Horas. De no cumplir, tendrá una multa de _B/.25.00__por día.
8. Reincidentes retirarlo del lugar en 12 Horas más una sanción de _B/.50.00_.
9. Residente que ocupe el estacionamiento para visitas, salvo casos de notoria necesidad y por un tiempo no mayor de 15 Min, tendrá una sanción de _B/.25.00__.
10. Reincidentes: _B/.50.00__y retirado del edificio con grúas, corriendo el dueño con los gastos. ASCENSORES 1. Depositar basura dentro de un ascensor, rayar sus paredes, destrucción de los murales informativos dentro del mismo y mal uso de los teléfonos de seguridad, estas acciones tendrán una sanción de _B/.25.00__más los costos de reparación de los daños si los hubieran.
Reincidentes _B/.50.00__
2. Toda persona que sea vista dando un uso indebido a los ascensores se hará acreedor de una sanción de _B/.15.00*__más los costos incurridos en los daños si hubieran.
Reincidentes: _B/.50.00__ * De acuerdo a lo registrado en el reglamento de copropiedad ÁREA SOCIAL 1. El uso inmoderado y ruidos de aparatos de radio, televisión, instrumentos musicales y aparatos electrónicos en los predios de la piscina tendrá una sanción de_B/.25.00__
2. Los días en los que se encuentre reservado el Salón de eventos estará prohibido el uso de la piscina fuera de horario de lo contrario el residente correrá con una sanción de _B/.25.00__
3. El residente que esté haciendo uso del área social con más de 6 invitados sin haber realizado previamente una reservación, deberá pagar una sanción por cada invitado adicional de _B/.10.00_.
4. Todo invitado que se encuentre en el área social sin la presencia del residente responsable tendrá una sanción de _B/.20.00__mas los costos de los daños si los hubieran. 16 ÁREAS COMUNES EXTERNAS E INTERNAS 1. Las personas que se encuentren fumando en estas áreas tendrá una sanción de _B/.40.00__ Reincidentes _B/.80.00__
2. El uso negligente de las instalaciones de estas zonas tendrá una sanción de_B/.40.00__y el costo de los daños ocasionado por el residente o sus visitas.
Reincidentes_B/.80.00__ CUOTA DE MANTENIMIENTO 1. El atraso de un mes de la cuota de mantenimiento tendrá un recargo de 20 %
11. El residente que mantenga un atraso de más de 3 meses en su cuota de mantenimiento, tendrá un recargo adicional mensual de 15 % más la restricción de entradas al estacionamiento y corte de gas, corriendo el dueño con el gasto de desconexión. MASCOTAS 1. Las mascotas deben utilizar el elevador designado para servicio.
2. El residente que saque su mascota a pasear debe recoger sus desperdicios, de lo contrario tendrá una sanción de _B/.45.00__.
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